La prestación contributiva por desempleo de nivel contributivo, más conocido como el paro, es la prestación económica que se otorga a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero han perdido su empleo, encontrándose en situación de desempleo.
Es comúnmente conocido que sólo puedes cobrar el paro cuando la empresa te haya despedido o haya finalizado tu contrato, y que no puedes cobrar dicha prestación si has sido tú quien ha puesto punto y final a la relación laboral, pero, ¿sabes en qué más ocasiones puedes percibir la prestación por desempleo?
- Cuando te han reducido tu jornada ordinaria de trabajo y el salario por motivo de un ERTE.
- Todos los trabajadores fijos discontinuos en el periodo de tiempo en el que no están trabajando.
- Si trabajas para un empresario/a individual y se trata de un familiar por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado, esto es tus padres, abuelos, hermanos o hijos, solo tienes derecho a paro si no convives con ellos y se demuestra que hay una relación de carácter laboral.
- Si tu empresa ha echado el cierre, tienes derecho a paro, pero es necesario acreditar esta situación legal y por ello es aconsejable reclamar contra el despido o un acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social donde consten el cese involuntario por parte del trabajador.
- Si vuelves de un país que no pertenece a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo o Suiza, únicamente podrás solicitar la prestación por desempleo, si, antes de haberte ido a ese país, ya reunías las condiciones para cobrar el paro, teniendo para ello en cuenta las cotizaciones de los seis años anteriores a dicha salida. Si no cumples con los requisitos puedes acceder al subsidio de persona emigrante retornada o a la renta activa de inserción.
- También puedes cobrar el paro si tenías un empleo a tiempo completo y lo pierdes por un empleo a tiempo parcial, siempre y cuando haya sido por una decisión empresarial y tu jornada se haya reducido entre un 10% y 70% de la jornada diaria, semanal, mensual o anual, y que el salario se haya reducido de forma similar reduzca de forma similar y sea debida a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o de fuerza mayor; o por resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal.
Si eres una persona extranjera que reside y trabaja en España, también tienes derecho a cobrar el paro si te encuentras en alguna de las situaciones anteriores.
En todas estas ocasiones también puedes tener derecho a percibir la prestación por desempleo, siempre y cuando cumplas todos los requisitos establecidos por la Ley.
Para poder percibir la prestación por desempleo es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Estar afiliado/a y en situación de alta en la Seguridad Social habiendo contribuido a la contingencia por desempleo.
- Estar en desempleo, y buscando activamente empleo. No puedes haber presentado la baja voluntaria en el trabajo.
- Estar inscrito/a como demandante de empleo en el SEPE durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
- Haber cotizado por desempleo y haber trabajado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores.
- No tener la edad para jubilarse.
- No realizar actividades incompatibles.
- No percibir ninguna pensión de la Seguridad Social incompatible.
- Solicitar la prestación por desempleo en los 15 días siguientes a la finalización del contrato laboral.
La duración del paro dependerá de las cotizaciones realizadas en los últimos 6 años.
La cuantía del paro dependerá de las bases de cotización a la Seguridad Social realizadas durante los 180 últimos días cotizados, sin que se tengan en cuenta las horas extraordinarias.
La documentación necesaria para poder solicitar el paro es la siguiente:
- Modelo de solicitud de prestación contributiva, que además incluye el compromiso de actividad. Os dejamos al final del blog el modelo oficial.
- Identificación de la persona y personas a su cargo mediante el DNI; o, el Certificado de registro de ciudadano/a de la UE con el NIE y pasaporte para los nacionales de la UE; o, el TIE y pasaporte para las personas no nacionales de la UE.
- Resguardo bancario que acredite el número de cuenta corriente así como la titularidad de la cuenta.
- Libro de familia.
- Si la empresa no lo ha aportado al SEPE, el certificado de haber trabajado en los últimos 6 meses.
Os dejamos aquí el anexo de requisitos para solicitar la prestación por desempleo, y si aún te quedan dudas, puedes contactar con nosotras para ofrecerte la mejor solución.